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Una compañía de hombres libres, de Lorenzo Silva

Una compañía de hombres libres, de Lorenzo Silva

Imagen de portada: Los comuneros Padilla, Bravo y Maldonado en el patíbulo, de Antonio Gisbert Pérez

Catorce relevantes escritores se han unido en Las luces de la memoria. Relatos de España en la historia de Europa, libro gratuito de Zenda patrocinado por Iberdrola. Lorenzo Silva muestra la huida de Carlos I de Valladolid tras la rebelión de los Comuneros, y las acciones de varios protagonistas durante su reinado, como Bernaldino de los Ríos, el fraile Alonso del Castrillo o don Fadrique Enríquez, en Una compañía de hombres libres

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Medina de Rioseco, noviembre de 1520

Son los hombres de armas los que acaban trazando, merced a sus afanes, sus alardes y sus astucias, los contornos de los dominios humanos, o lo que es lo mismo, el mapa del mundo. Son los hombres de letras, sin embargo, los que fraguan lo que dentro de esos contornos será de quienes se vean encerrados en ellos. Bien lo sabe Adriano, que tiene nombre de emperador de Roma pero es virrey y natural de Castilla. No por su nacimiento, que tuvo lugar mucho más al norte, en la plomiza y lluviosa Utrecht; sino por decreto y voluntad del señor de estos reinos, Carlos, el primero de los monarcas castellanos de su nombre, que acaba de ser elegido como el quinto que con él va a ceñirse la codiciada corona del Sacro Imperio Romano Germánico.

Es Adriano hombre de letras y de religión, obispo de Tortosa y cardenal gracias a la influencia ante la Santa Sede de su joven señor, de quien antes fue preceptor por encargo del abuelo de Carlos, el difunto emperador Maximiliano. Entre otras cosas, ha escrito sobre las guerras y quienes las hacen, y sobre el deber que tiene el soldado de mirar por la justicia de las órdenes que recibe, antes de cumplirlas. Lo que ahora escribe, en el refugio que ha hallado en Medina de Rioseco, tras huir disfrazado de Valladolid para que no caigan sobre él las iras de los castellanos contra su rey, es muy distinto. Y bien peliagudo. Su conciencia le impele a contarle a Carlos la verdad: que tiene el reino casi perdido y que si acaba de perder Castilla peligra el imperio todo de los Habsburgo, muñido para él por el cálculo formidable de su abuelo.

"Adriano tendrá su lugar en la Historia, cuando de nuevo gracias a su rey, tras el aplastamiento de la revuelta castellana, se siente en la silla de Pedro como Adriano VI"

Las comunidades castellanas, alzadas contra su rey, se han adueñado de las principales ciudades, del parque de artillería de Medina del Campo y de la recaudación de tributos, además de haber formado en Tordesillas una Junta que entiende no sólo del gobierno del reino, sino también de la modificación de sus reglas constitucionales para impedir los abusos del monarca. Adriano, de acuerdo con su anfitrión, don Fadrique Enríquez, almirante de Castilla y señor de Medina de Rioseco, intenta trasladarle a Carlos la necesidad de enmendar los errores cometidos.

Lo hace de forma sutil: no en vano lleva varios años en Castilla y maneja bien el idioma. El almirante, le informa Adriano a Carlos, está dispuesto a ir a Tordesillas para reunirse con los rebeldes. Y a renglón seguido es cuando conviene afinar las palabras. Escribe el cardenal: «Les notificará que la voluntad de Vuestra Alteza es desagraviar al reino y hacer con ellos todo lo justo y honesto».

Adriano tendrá su lugar en la Historia, cuando de nuevo gracias a su rey, tras el aplastamiento de la revuelta castellana, se siente en la silla de Pedro como Adriano VI. También, aunque suela omitirlo su biografía, debería tenerlo por esta carta con la que en un rincón castellano, siglos antes de su derrumbe, abre una primera fisura en el edificio de la monarquía absoluta, de la que Carlos, criado en la escuela borgoñona, es férreo exponente.

Valladolid, finales del verano de 1520

El licenciado Bernaldino de los Ríos observa cómo entra la luz del estío por la ventana de su casa de Valladolid. No es una casa cualquiera, como tampoco lo es su dueño. Bernaldino es uno de los hombres más ricos e instruidos de la ciudad. Cuando los esbirros del emperador irrumpan en su morada, meses después, para requisar sus bienes, desistirán de contar sus libros, como hacen con los de otros comuneros. Tantos son los que atesora. También es sin discusión el mejor abogado de la ciudad, capital judicial del reino, y acaso el jurista más respetado de Castilla.

"En su texto, deja sentadas Bernaldino disposiciones que en Tordesillas se van a ver confirmadas y que cuando las conozca espantarán al ambicioso y autoritario Carlos de Gante"

Propende además Bernaldino a la heterodoxia, y no se priva de acoger bajo su techo reuniones de alumbrados, pese a la recia y ominosa amenaza de la Inquisición. No podía ser otro quien asumiera el delicado trabajo al que en este momento se enfrenta: la redacción del borrador de las instrucciones que la Comunidad de Valladolid debe impartir a sus procuradores en la Junta de Tordesillas, para la discusión de los capítulos que allí han de aprobarse y elevarse al monarca con vistas a la mejora de la gobernación del reino. La competencia y la finura jurídica de Bernaldino provocarán que esas instrucciones sean, finalmente, la base principal de los que darán en llamarse los Capítulos de Tordesillas: la propuesta de reforma constitucional que Carlos V rechazará encolerizado pero que varios siglos después, a partir del XIX y hasta bien entrado el XXI, inspirará muchos de los principios del constitucionalismo español. Y de algún otro.

En su texto, deja sentadas Bernaldino disposiciones que en Tordesillas se van a ver confirmadas y que cuando las conozca espantarán al ambicioso y autoritario Carlos de Gante. Por ejemplo, que las Cortes de Castilla podrán convocarse solas y cuando lo tengan por conveniente, en lugar de estar supeditadas a que el monarca tenga a bien reunirlas y escucharlas.

Sin embargo, es ahora cuando siente que está llegando al verdadero meollo del asunto, y su pluma vuela con el ardor que lo anima: «De los leales vasallos y súbditos de esta corona real de estos reinos es desvelarse pensando en las cosas que bien están a su rey y señor natural y aquellas procurarlas y allegarlas y las otras cosas que son contrarias, así a la salud de su rey y bien de su ánima como lo que estuviese a mal estancia del reino, las deben estorbar por todas las maneras que pudieren».

Ahí es nada. Acaba Bernaldino de postular, en negro sobre blanco, que el bien del reino prevalece sobre la voluntad del rey, y que el pueblo tiene, incluso, la potestad de estorbar sus actos cuando sean perjudiciales, para sí o para sus súbditos. O quizá no sea algo tan novedoso. Sabe muy bien Bernaldino el suelo que pisa, al menos en el terreno jurídico. Uno de los libros que tiene en sus estanterías es el de las Siete Partidas de Alfonso X, la compilación que hizo este rey de las viejas leyes del reino, donde se lee, entre otras cosas, que el pueblo debe guardar al rey, en primer lugar, «de sí mismo», y que esta guarda debe ser de dos maneras, «primeramente por consejo», y en caso de que esta no bastare, «por obra». Y aún dice más: que quien pudiendo no impidiera al rey errar, y hacerse mal a sí, o a su hacienda, no podría ser tenido por otra cosa que por traidor a él y al reino.

"No es pues de extrañar que poco después Carlos condene a Bernaldino a muerte, y que lo exceptúe del perdón general que otorgará en otoño de 1522"

Los procuradores reunidos en la Junta optarán finalmente por una redacción más comedida que la de Bernaldino: «Deben los súbditos guardar al rey de sí mismo, que no haga cosa que no esté mal a su ánima ni a su honra ni daño ni mal estancia en sus reinos». Con todo, el texto de Tordesillas, bien que suscrito sólo por unos rebeldes que van a perder el pulso en que se han embarcado —eso es lo que lo diferencia de la carta de Adriano, fiel servidor de su rey—, no deja de representar un hito histórico: la primera proclamación solemne de la soberanía popular, una noción que tardará aún tres siglos en asentarse en Europa.

No es pues de extrañar que poco después Carlos condene a Bernaldino a muerte, y que lo exceptúe del perdón general que otorgará en otoño de 1522. El licenciado perderá su casa y su hacienda, pero no su vida: por suerte para él, un poderoso cliente suyo, el conde de Coruña, le ofrecerá un escondite seguro en su feudo.

Burgos, principios de 1521

El fraile trinitario Alonso de Castrillo trabaja aplicadamente en su celda. Está terminando de darle forma a un libro que ha sentido una doble necesidad de escribir. Primero, para poner en limpio sus ideas sobre la recta gobernación de los pueblos, que provienen de sus muchas lecturas, desde Aristóteles hasta San Isidoro, pasando por Cicerón o San Agustín. Y en segundo lugar, para ofrecer a sus compatriotas castellanos, empezando por sus vecinos de Burgos, entre quienes ha visto estallar la sinrazón y la crueldad de la lucha fratricida, una vacuna contra semejantes desgracias y una propuesta para atajar las raíces del mal.

Lo ha llamado Tratado de república, y verá la luz dentro de sólo unos meses, en abril de 1521, dos días antes de que las tropas comuneras, a las órdenes de su capitán general, Juan de Padilla, se vean desbaratadas por la acometida de la caballería imperial en los campos de Villalar. Castrillo no deja de ser un hombre de orden, por lo que dista de haber abrazado el partido de los revolucionarios. Le han espantado los linchamientos que hubo en Burgos al comienzo de la rebelión comunera, el odio que igual facultaba para desembarazarse del vecino molesto que daba a los más exaltados la voz cantante en las asambleas. Pero no ignora que los ánimos se han encendido y los excesos se han desencadenado como consecuencia de las malas decisiones de un poder que ha antepuesto sus intereses particulares, abusivos y espurios, al bien común que todo gobierno debe procurar.

"No es poca cosa, atreverse a dar eso a la imprenta en el Burgos de 1521, por más que sea doctrina de San Isidoro. Pero donde de veras se la juega el trinitario es en lo que pone de su propia cosecha"

Por eso, y con sincera lealtad a su pueblo y a su rey, da la forma más precisa y elegante posible a sus argumentos, que a pesar de su condición de eclesiástico, estudioso y latinista, opta por formular en lengua romance, para ayudar a su difusión.

Algunas de las ideas que articulan su discurso son ajenas, y lo que le toca a Alonso, y así lo acata, es ejercer como el más pulcro y preciso traductor. Relee, con satisfacción que habrán de compartir sus lectores, cómo le ha quedado un fragmento de San Isidoro: «Los reyes son dichos porque rigen; y así como se llama el sacerdote porque ejercita las cosas santas, así se llama rey porque rige; y no rige el que no corrige. Y así como obrando bien queda firme este nombre de rey, así pecando se pierde».

No es poca cosa, atreverse a dar eso a la imprenta en el Burgos de 1521, por más que sea doctrina de San Isidoro. Pero donde de veras se la juega el trinitario es en lo que pone de su propia cosecha. Repasa ahora lo que ha escrito más adelante, en el capítulo titulado: «Si conviene ser perpetuos los gobernadores de la república». Tras declarar que no hay peor daño que el que provocan los tiranos vitalicios, «porque mueren ellos y quedan vivos los males que hicieron para siempre», y «con sola una vida corrompen la conversación de muchas que son porvenir», se atreve a razonar de esta manera: «Porque todos nacimos iguales y libres, paréceme que bien bastaría el agravio que a la natura se hace de que un hombre obedezca y consienta ser gobernado por otro, sin que el gobernador haciéndose obedecer por fuerza nunca se obligue a dar cuenta de cómo gobierna, que ninguna cosa parece tan agraviada contra nuestra naturaleza humana».

A buen entendedor, no le hace falta más verborrea. Así se manifiesta el filosofar sobre la cosa pública en la Castilla de principios del siglo XVI, que muchos, desde la ignorancia, tienen por rígida y poco imaginativa. Pero no sólo entre los eruditos y los rebeldes florecen a la sazón ideas adelantadas a su tiempo.

Medina de Rioseco, finales de 1522

El almirante de Castilla, don Fadrique Enríquez, no es hombre apocado ni que se guarde lo que piensa. Lo primero lo ha demostrado subiéndose a caballo a sus sesenta años para ganarle al emperador la guerra que le declararan los comuneros. Ante la impotencia del cardenal Adriano, Carlos V se resolvió a contar con el almirante y con el condestable de Castilla, un par de curtidos militares y políticos, para acompañar a su antiguo preceptor como virreyes y sofocar la insurrección del reino.

"No deja de aconsejar al monarca, además, que modere su voracidad fiscal hacia los más humildes, y no ser ingrato con quienes se lo han jugado todo, incluso la vida, por sostenerlo en el trono"

El condestable ha hecho su parte: sobornar, prometer en falso y golpear sin piedad con sus tropas. El almirante, algo más sofisticado, ha asumido, además del esfuerzo bélico —con no menos firmeza que el condestable—, la labor de menoscabar con habilidad, a través de la negociación, la cohesión de los que por distintas razones y con ambiciones diversas se habían alzado contra el emperador. Ahora, liquidada la revuelta y prisioneros, ejecutados o prófugos sus impulsores, siente que la sagacidad política y el ingenio que lo adornan debe aplicarlos a otra tarea, la de decirle a su soberano lo que piensa, le convenga o no.

Se echa por eso a la espalda el deber de escribirle a Carlos una extensa e incómoda carta. No para cantar sus glorias, sino con el propósito, una vez conjurada la amenaza, de cantarle, si no las cuarenta, sí todos los errores que el rey y su círculo más cercano de consejeros, con el flamenco Chiévres a la cabeza, han cometido y cometen aún en la gobernación de Castilla. Ya se ha quejado de que la gracia real fuera tan cicatera hacia quienes no sin razones se revolvieron, o que no alcanzara a personas a las que el almirante, en calidad de virrey, se la había prometido. No deja de aconsejar al monarca, además, que modere su voracidad fiscal hacia los más humildes, y no ser ingrato con quienes se lo han jugado todo, incluso la vida, por sostenerlo en el trono.

"Y así sigue desgranando los consejos que tiene motivos para suponer que el destinatario no espera ni le va a agradecer nunca"

La carta le está quedando larga, pero hay cuestiones que lo amargan demasiado como para no echarlas de la boca, como andando el tiempo cantará el poeta. «No haga cuenta el Príncipe —continúa— que todo lo que le aplace le es lícito, como algunos lisonjeros suelen decirle, mas de tal manera se refrene que no quiera sino lo que es bueno y honesto». Y así sigue desgranando los consejos que tiene motivos para suponer que el destinatario no espera ni le va a agradecer nunca. Quizá por eso, al final de la carta se permite aún mayor franqueza: «Tenga por cierto el Príncipe que no puede llamarse Rey si no le rige la razón, quiero decir si no la sigue en todas sus cosas por sano juicio más que por voluntad, pues no es posible poder mandar bien lo que es bueno y honesto el que no sabe obedecer lo bueno y honesto».

Carlos no responderá a su carta, el almirante —como tantos buenos servidores— morirá sumido en la decepción y su figura, al contrario que la del emperador, caerá en el olvido. La carta, que el monarca a pesar de todo hará conservar, irá finalmente a parar a un oscuro archivo donde sólo la consultarán eruditos e historiadores. Pocos sabrán de qué modo ha llegado a enfrentar al señor del mundo con la necesidad de aceptar algo que no está en sus esquemas: que su poder no es ni puede ser ilimitado.

Salamanca, principios de 1528

El dominico Francisco de Vitoria, desde hace ya dos cursos catedrático de Teología de Salamanca, se dirige a sus alumnos. A sus cuarenta y cuatro años, y tras haber cursado estudios en la Universidad de la Sorbona, es toda una autoridad en su materia. No llegó a ver de cerca, como Alonso de Castrillo, la violencia de la revuelta comunera, ya que por esos días estaba aún en París y regresó a España cuando ya se había extinguido, por la fuerza de las armas imperiales, la llama de la rebelión. Si Castrillo se apoyaba en San Agustín y San Isidoro, entre otros, Vitoria bebe de manera principal de la Summa Theologiae de Santo Tomás de Aquino, a quien ha estudiado en profundidad en la Sorbona y cuya obra convertirá en el texto central de su asignatura. Sin embargo, en el fondo de sus inquisiciones hay algo más que esta ciencia adquirida en el extranjero. Algo que tiene que ver con la idiosincrasia castellana que comparte con el fraile burgalés, y acaso con el duro escarmiento que representa la tragedia que en su ausencia ha sacudido y finalmente postrado a Castilla.

La lección de hoy es una buena muestra. En la atmósfera reposada de las aulas salmantinas, donde se gestó en gran medida la justificación teórica —y teológica— del levantamiento de las Comunidades, se lanza a una disertación en la que no deja de haber algún eco de las razones esgrimidas por los rebeldes.

"Como tantos hombres de talento de su siglo, zarandeado por intolerancias diversas, Hugo de Groot, natural de Delft, en Holanda, ha padecido prisión y se ha visto obligado a escapar de su patria"

Vitoria, por supuesto, se expresa en latín, el idioma de la academia de su tiempo. Habla nada menos que de la potestad civil, esto es, la que en una monarquía ejerce el Príncipe, y entre otras cosas se dispone a indagar acerca de sus límites. Ya dejó sentado en una lección anterior este principio: Respublica nullo modo potest privari huiusmodi potestate tuendi se, et administrandi adversus injuriam et suorum et exteriorum —o lo que es lo mismo: que no puede en modo alguno la república ser privada del derecho de defenderse y de administrar lo que es suyo contra las injurias de los suyos y de los extraños—. Ahora se plantea una pregunta aún más espinosa, y que no va a dejar de traerle algún problema cuando sus ideas lleguen a oídos del poder: si las leyes obligan a los legisladores y sobre todo a los reyes.

La respuesta, para Vitoria, es afirmativa. La razona como suele, metódica y calmosamente, y su discurso desemboca en una conclusión rompedora: hay una ley que está por encima del poder de cualquier soberano, y que ninguno puede violentar. Lo dice, como todo, en latín: «Habet enim totus orbis, qui aliquo modo est una respublica, potestate ferendi leges aequas et convenientes omnibus, quales sunt in iure gentium. Ex quo patet, quod mortaliter pecant violantes iura gentium, sive in pace, sive in bello, in rebus tamen gravioribus, ut est de incolumitate legatorum». En resumen: hay una ley natural que rige en todo el orbe, que a su modo no deja de ser una república con el poder de dar a todos leyes convenientes y justas, como las del derecho de gentes. De lo que se sigue que el que las viole comete pecado mortal, ya sea en paz o en guerra, en los asuntos graves o en los menores.

Después de ponerle semejante traba a su rey y señor, que es a la sazón emperador y dueño de media Europa y reina sobre los territorios recién descubiertos en ultramar, aún se atreverá Francisco de Vitoria a disertar sobre los límites del poder de la otra autoridad a la que como clérigo está sometido: el papa de Roma. Sin tomar las armas, ni exponerse con ello a la ira de la monarquía absoluta, ha colocado en sus cimientos una carga explosiva de efecto retardado, pero a la postre demoledora.

París, mediados de 1624

Como tantos hombres de talento de su siglo, zarandeado por intolerancias diversas, Hugo de Groot, natural de Delft, en Holanda, ha padecido prisión y se ha visto obligado a escapar de su patria y acogerse a la protección de benefactores extranjeros. Por eso es en París donde se entrega a la redacción del tratado que en estos momentos le ocupa. Se titula De iure belli ac pacis, y le valdrá ser reconocido como el artífice del moderno derecho internacional. En su virtud, se establecerá el principio de que ningún soberano ostenta un derecho irrestricto sobre el resto de la humanidad, dotada por su propia naturaleza de una dignidad inalienable que en todo trance ha de ser respetada. En última instancia, de la obra de Hugo de Groot —o Grocio—, y de su afirmación de esta ley natural, se deriva la doctrina que a partir del siglo siguiente dará lugar a las declaraciones universales de derechos, como la aprobada por la Asamblea francesa en 1789, y sobre las que se construirá la sociedad europea del futuro.

Podría no haberlo reconocido, pero Grocio es un académico honesto y en su tratado no deja de citarlo: muchas de sus ideas provienen de las lecciones de un dominico que un siglo antes enseñaba Teología en Salamanca y que se llamaba Francisco de Vitoria. Un hombre de letras natural de Castilla y de España, que con su palabra, como el naturalizado Adriano de Utrecht, el licenciado Bernaldino de los Ríos, el trinitario Alonso de Castrillo o el almirante don Fadrique, sentó, aunque hoy casi nadie se acuerde, las bases para que ser europeo no equivalga, como en su siglo equivalía, a vivir bajo el yugo de un amo que de nada responde, sino, en expresión del propio Castrillo, a formar parte de «una compañía de hombres libres».

Illescas, 13-14 de septiembre de 2023

(NOTA DEL AUTOR: Aunque esta es una narración de ficción, los personajes son reales y los textos entre comillas son auténticos. Las fuentes manejadas para citarlos son, por orden de aparición: la Historia crítica y documentada de las Comunidades de Castilla, de Manuel Danvila y Collado; La revolución de las Comunidades de Castilla, de Joseph Pérez; la Historia de la vida y hechos del emperador Carlos V, de Prudencio de Sandoval; el Tratado de República, de Alonso de Castrillo; las Relectiones Theologicae, de Francisco de Vitoria; y De iure belli et pacis, de Hugo Grocio.)

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Autor: VV.AA. TítuloLas luces de la memoria: Relatos de España en la historia de EuropaEditorial: Zenda. Disponible enKobo y Fnac

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